Transparencia

Constitución de la Fundación FUTUDÍS y datos identificativos. La transparencia es un requisito fundamental tanto para las fundaciones como para los donantes, beneficiarios y la sociedad en general. En FUTUDÍS estamos convencidos de la necesidad de actuar con claridad y de practicar una rigurosa transparencia informativa del trabajo que estamos haciendo, de cómo lo estamos haciendo y de los recursos que estamos empleando para ello.
 

Más información sobre FUTUDÍS:

Identificación de los Fundadores
Son fundadoras de la misma las entidades que suscribieron la escritura fundacional.
A continuación las agrupamos por su lugar de procedencia:

Fines y actividades determinados inicialmente por las entidades fundadoras

FUTUDIS ejercita y desarrolla fines benéfico-sociales y de tutela, con carácter general e individualizado, en beneficio de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, tales como:

  1. La protección de personas con discapacidad intelectual o del desarrollo que precisen apoyos para gobernarse por sí mismas, tomar sus propias decisiones y administrar sus bienes, en función de los recursos de los que disponga la Fundación.
  2. El desempeño de las figuras de guarda y protección previstas en las leyes de las personas que tengan la condición de beneficiarias de esta Fundación.
  3. Colaborar con los órganos públicos y privados dedicados a la protección y tutela de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo velando por su recuperación, autonomía, inclusión social y calidad de vida.
  4. El asesoramiento y colaboración con familias y guardadores de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo sobre la adopción de medidas de protección presentes o futuras.
  5. Promover todo tipo de investigación, divulgación y sensibilización sobre la protección de personas con discapacidad intelectual o del desarrollo.
  6. Fomentar y organizar la colaboración de Voluntarios Tutelares y del voluntariado, que con vocación de permanencia se responsabilicen de visitar e interesare por todos los asuntos de una persona tutelada, poniendo especial interés en velar por su salud, recuperación, calidad de vida y afectividad, proporcionándole el soporte psicológico de su vinculación interpersonal, con compañía y atenciones que cada uno prestará en función de sus posibilidades y compromiso.
Registros en el que está inscrita
  • Registro de Entidades de la Junta de Castilla y León (Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades – Gerencia de Servicios Sociales) con el número 47.0108E.
  • Registro de Entidades Colaboradoras y Rehabilitadoras del IMSERSO con el número 1936.
  • Registro Regional de Entidades del Voluntariado, en el sector de actividad de Acción Social y Servicios Sociales con el número A-0051 (Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades – Gerencia de Servicios Sociales).
  • Registro de Servicios de la Junta de Castilla y León (Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades – Gerencia de Servicios Sociales) con los números 47.0678S, 47.0679S y 47.11285.
Estatus Fiscal

La Fundación Tutelar FUTUDIS está acogida a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo y al Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Domicilio social y centros de trabajo
  • Domicilio social:
    • C/ Vinos de Rueda, 22 – 47008 Valladolid
  • Centros de Trabajo:
    • Ávila: Asociación PROINSA. C/ Perpetuo Socorro, s/n – 05003 Ávila
    • Burgos: C/ Juan de Ayolas, 49 Bajo (Despacho 10) – 09007 Burgos
    • León: C/ Obispo Manrique, 3 Planta 1ª Oficina 5 – 24004 León
    • Palencia: Avda. Manuel Rivera, 10 Entreplanta A – 34002 Palencia
    • Salamanca: Asociación ASPRODES. C/ Lugo, 29-37 – 37003 Salamanca
    • Segovia: Avenida Padre Claret, 12 – 40003 Segovia
    • Soria: Asociación ASAMIS. Camino del Polvorín, s/n – 42004 Soria
    • Zamora: Asociación ASPROSUB. C/ Alonso de Tejeda, 4 Bis Entreplanta A – 49018 Zamora
Normativa básica por la que se regula la Fundación
  • Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
  • Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
  • Ley 13/2002, de 15 de julio, de Fundaciones de Castilla y León.
  • Decreto 63/2005, de 25 agosto 2005. Aprueba el Reglamento de Fundaciones de Castilla y León.
  • RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2003, del Banco de España, por la que se hace público el acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2003, en relación al Código de Conducta de las entidades sin ánimo de lucro para la realización de inversiones financieras temporales.